Te siguen llamando para venderte algo sin el prefijo 400: dónde reclamar y qué guardar
Desde el 17 de octubre las empresas solo pueden hacer llamadas comerciales desde números que empiecen por 400. Si te llaman desde otro número, el Gobierno dice que puedes reclamar. Te explicamos a quién, con qué pruebas y lo que no está tan claro.
Por Redacción 2 min de lectura

A principios de mes te contamos qué es el prefijo 400 y cómo bloquear esas llamadas. Desde el sábado 17 de octubre ya es obligatorio: según el Ministerio para la Transformación Digital, las empresas deben usar números de nueve cifras que empiecen por 400 para sus llamadas comerciales. Pero que sea obligatorio no significa que todas cumplan. Esto es lo que puedes hacer si te llaman desde otro número.
Primero, asegúrate de que es una llamada comercial
No todas las llamadas de una empresa tienen que venir de un 400. El Ministerio aclara que las de atención al cliente, cuando la empresa te llama por un contrato que ya tienes, pueden hacerse desde números cortos, desde 800 y 900 o desde fijos normales. Lo que debe venir de un 400 es la llamada para venderte algo: cambiarte de compañía de luz, ofrecerte otra tarifa o colocarte un seguro.
Otra pista: los 400 solo sirven para llamar, no para recibir llamadas. Si alguien te pide que le devuelvas la llamada a un 400, desconfía.
Dónde reclamar
| Dónde | Para qué | Lo que hay que saber |
|---|---|---|
| Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones (OAUT) | La vía que cita el Ministerio | Antes hay que reclamar a tu propio operador y esperar un mes o una respuesta que no te convenza |
| CNMC | Denunciar el incumplimiento | El Ministerio la cita como alternativa a la OAUT |
| Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) | Llamadas comerciales que no has consentido | Cuantas más pruebas aportes, más rápido se tramita |
| AUTOCONTROL | Mediación gratuita | La propia AEPD la propone si no tienes documentación; teléfono 91 309 66 37 y mediacion@autocontrol.es |
Hay un punto que no está claro y que no hemos podido resolver: la OAUT está pensada para conflictos con tu operador, y quien te llama sin el 400 suele ser otra empresa. El Ministerio dice que se puede reclamar ahí, pero no explica cómo encaja con el requisito de reclamar antes a tu operador. Si lo pruebas, nos interesa saber qué te contestan.
La vía de la AEPD tiene más recorrido legal. El artículo 66 de la Ley General de Telecomunicaciones reconoce el derecho a no recibir llamadas comerciales no deseadas si no has dado tu consentimiento, salvo que la empresa tenga otra base legal según el reglamento europeo de protección de datos.
Qué guardar antes de reclamar
- Una captura del registro de llamadas con el número, la fecha y la hora.
- El nombre de la empresa por la que te llamaban y lo que te ofrecían. Apúntalo nada más colgar.
- Si ya te habías opuesto, la prueba: un correo pidiendo que no te llamen o tu alta en la Lista Robinson.
- Tu reclamación al operador y su respuesta, si vas a acudir a la OAUT.
Si lo que quieres es saber quién te llama antes de descolgar, también te explicamos cómo funciona Soy Yo, el servicio para comprobar si un número es de una empresa.
Una llamada comercial que no viene de un 400 ya incumple la ley, pero no hace falta discutir con quien llama. Cuelga, haz la captura y reclama después con calma.


